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desde 175 euros por conyuge
Tanto a la separación como al divorcio se puede acceder de manera contenciosa como de forma amistosa (mutuo acuerdo).+

Se accede al divorcio /separación contenciosos cuando no existe acuerdo entre las partes a la hora de regular sus relaciones personales y económicas.

Si se separan o divorcian de acuerdoamistoso...

Ahorrarán mucho tiempo

Si no son capaces de dirimir amistosamente la controversia suscitada entre ustedes, ello implicará la intervención mínima de dos abogados (uno por cada cónyuge + los respectivos procuradores, en ocasiones peritos, detectives privados...).La parte actora precisará de letrado para interponer su demanda; la parte demandada, igualmente, necesitará asistencia letrada para contestarla. Se habrá de celebrar vista (“juicio”), que puede durar varias sesiones. Habrán de transcurrir muchos meses hasta que se dicte Sentencia y esta podrá ser recurrida ante un Tribunal superior cuando una de las partes no esté de acuerdo con ella, lo cual resulta lo más frecuente en estos casos.

Si desean ahorrar tiempo, dinero y controversias de todo tipo optando por la solución negociada que ponemos a su disposición los profesionales de acuerdoamistoso.com encontrarán múltiples ventajas sobre la opción anterior puesto que sólo intervendrá un abogado que actuará de mediador ante ambas partes del matrimonio o la pareja, un único procurador y no habrá vista. El tiempo estimado en que se dicte sentencia será de un mes a partir de la fecha de presentación de la demanda. No obstante, en algunos casos, y siempre según cual sea la localidad en que se ubique su último domicilio conyugal, el tiempo máximo estimado en que se dicte resolución judicial podría llegar a ser de dos meses.

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Ahorrarán mucho dinero

Sin acuerdoamistoso puede costar mucho dinero, la intervención de muchos profesionales, procedimientos …., los costes que habitualmente habrán de pagar los cónyuges son altísimos.

Las tarifas de acuerdoamistoso.com son las más ajustadas del mercado y adaptadas a su caso para asegurarle el mejorasesoramiento posible. Todos los precios incluyen: ABOGADO, PROCURADOR E IVA.

Tarifas de precios acuerdoamistoso
Sin bienes ni hijos 350 € 175 € cada uno
Sin bienes pero con hijos 400 € 200 € cada uno
Con bienes pero sin hijos 450 € 225 € cada uno
Con bienes e hijos 550 € 275 € cada uno

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Mínimo coste emocional para los cónyuges

Los miembros de la pareja habrán de pagar además un elevado coste emocional. Durante la ruptura, la expareja aún deteriora más su relación, pasan nervios innecesarios y procesos lastimosos, exposición pública de su vida privada etc.. .

Si utilizan los servicios de acuerdoamistoso.com, sólo nos referiremos a sus acuerdos y a lo que la legislación Española define. Establezcamos los acuerdos que ustedes consideran justos y construyan un nuevo futuro. Su vida privada es suya.

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Los hijos no se verán involucrados en la controversia

Si utilizan los servicios de acuerdoamistoso.com de esto nada. En ningún caso los hijos de la pareja participan del proceso de ruptura

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La sentencia se cumplirá voluntariamente

(Problemas de ejecución) En ningún caso puede tener la misma fuerza obligatoria un compromiso asumido entre los cónyuges o miembros de la pareja que ha sido fruto de un acuerdo asumido voluntariamente por ellos que una imposición que efectúa un tercero ajeno a la relación que desconoce su realidad cotidiana.

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Las partes acatarán como "justa" la solución del juez

Las partes no suelen consideran “justa” la solución del juez y por lo tanto las medidas HABITUALMENTE no se cumplen, LO CUAL DA LUGAR AL INICIO DE NUEVOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES CONTENCIOSOS( DENUNCIAS POR IMPAGOS DE PENSIONES, EJECUCIONES DE RÉGIMENES DE VISITAS,ETC).

En un proceso contencioso es muy habitual que, CUANDO MÍNIMO, 1 DE LOS MIEMBROS de la ex-pareja no se sienta cómo “justa” con la resolución de un tercero (el juez), en muchas ocasiones esto conduce al no cumplimiento de las resoluciones y por lo tanto este sentimiento da lugar al inicio de otro proceso contencioso.

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Alcanzarán el resultado final asesorados los dos cónyuges

SOLUCIÓN PERSONALIZADA A PARTIR DEL ESTUDIO DEL TRATAMIENO Y LA REGULACIÓN DE LAS DIFERENTES SOLUCIONES REGULADORAS

En España hay unos 130.000 divorcios al año, por lo tanto suficiente jurisprudencia para poder establecer unos CLARAMENTE ELEMENTOS DE (RÉGIMEN DE VISITAS, CUSTODIA,PATRIA POTESTAD,CONCEPTO DE GASTOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS,TABLA DE PENSIONES ALIMENTICIAS,ETC). Para llegar aquí es mas rápido, barato y sobre todo menos perjudicial si se hace de acuerdoamistoso.

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¿Por qué necesita un especialista aun siendo un acuerdoamistoso?

Si V. no cuenta con un profesional del derecho experimentado y especialista en asuntos matrimoniales no resultará extraño que se encuentre con los siguientes problemas detectados en decenas de parejas que han acudido a nuestros despachos para tratar de solucionar DE MANERA SEGURA Y SATISFACTORIA, entre otros, los siguientes problemas:

  • Inscripción registral de los bienes objeto de reparto: que no figure la descripción catastral o el estado en el que se encuentran los bienes muebles o inmuebles de la pareja…
  • Que no se apruebe el régimen de visitas que los miembros de la pareja consideran que ha de ser aplicable en beneficio de sus hijos: por considerar habitualmente la jurisprudencia que los hijos menores deben entregarse y recogerse a determinados horarios, régimen de pernoctas, etc.
  • Aprobación de una custodia compartida: por o haber tenido en cuenta la necesaria proximidad de los domicilios de los progenitores, ubicación del colegio de los hijos, cambio en el sistema de vida del menor que le impida un adecuado desarrollo…
  • Problemas a la hora de especificar en qué consisten los gastos ordinarios y los gastos extraordinarios: contenido de la pensión alimenticia, concepto de gastos extraordinarios…
  • Puede no aprobarse el convenio regulador por resultar la pensión alimenticia excesivamente baja o inexistente: la jurisprudencia establece unas cuantías mínimas por cada hijo, la pensión alimenticia no se puede capitalizar…
  • Malentendidos entre los cónyuges dada la falta de claridad sobre cuándo debe incrementarse el IPC en el pago de una pensión compensatoria o alimenticia: la pensión alimenticia se incrementa conforme al ipc desde el año siguiente a la fecha en que fuera aprobada mientras que la pensión compensatoria requiere que se especifique expresamente en el convenio regulador que se ha de incrementar anualmente y con arreglo a qué parámetros.
  • Falta de conocimiento del momento desde cuándo debe resultar de obligado cumplimiento una resolución judicial: cuándo adquiere firmeza la sentencia, ejecutividad de los pactos que se asumen en el convenio desde el momento de su firma…

Resulta mucho más difícil conseguir que se rectifique una sentencia como consecuencia de la existencia de errores como estos que conseguir que se dicte corretamente y en menor tiempo tras una buena exposición de los argumentos fácticos y jurídicos del caso concreto.

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Última Actualización:09/09/2010
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